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TRABAJO Nº2: Ciudadania
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TRABAJO Nº2: Ciudadania
CIUDADANIA
La ciudadanía para Marshall es un concepto sociológico que se basa en el estatus de plena pertenencia de los individuos a una sociedad y se da a quienes son miembros a pleno de una determinada comunidad, porque disfrutan de los derechos en tres ámbitos:
* los derechos civiles, como la libertad individual.
* los derechos políticos, los cuales básicamente consisten en el derecho a participar como miembro de un cuerpo o como elector
* los derechos sociales, haciendo estos últimos referencia a un bienestar económico y la seguridad, el derecho a ser parte del conjunto de la herencia social.
La crítica fundamental que se le hace es confundir derechos que tienen estructuras distintas. Los derechos sociales no pueden estar en el mismo plano que los civiles y los políticos. Estos últimos crean al Estado obligaciones de respeto (serian como las reglas de juego). Los derechos sociales en cambio, obligan al Estado a proporcionar prestaciones específicas, que para ser satisfechas requieren el cumplimiento previo de complejas condiciones económicas administrativas y profesionales (serian el resultado de esas reglas de juego en la interacción con el mercado), por lo que tienen una carácter más aleatorio. No son participación, son condiciones que la hacen posible. Los mismos tienen la característica de definirse en términos de prestaciones mínimas o medias, y son particulares.
Por ultimo creo importante distinguir entre derecho social y servicio social. El primero es la demanda de atención pública garantizada por la posibilidad de recurrir a juicio para lograr satisfacción. El segundo, en cambio, es la provisión de asistencia ofrecida por el sistema político en virtud de la exigencia de integración social, de legitimización, de política, etc. Todo esto, permite entonces, diferenciar los derechos sociales del ciudadano y las prácticas sociales.
En la actualidad se está produciendo una reconcepción de la idea de ciudadanía que implicaría una estrategia política, destinada a contener las nuevas prácticas no comprendidas por el ordenamiento jurídico para ubicarlas en el régimen democrático con los criterios de legitimidad. Se estaría intentando lograr una compatibilidad entre la pertenencia comunitaria con la pluralidad de identidades colectivas, y así diferenciar pertenencia de participación. La primera consiste en una categoría que refiere a la identidad social y cultural; mientras que la segunda es una actitud socio política.
Ser ciudadano, como dice García Canclini, no es solo tiene que ver con los derechos reconocidos por los aparatos estatales, sino también, con las prácticas sociales y culturales que dan sentido de pertenencia y hacen sentir diferentes a quienes poseen una misma lengua, semejantes formas de organizarse y satisfacer sus necesidades.
La ciudadanía para Marshall es un concepto sociológico que se basa en el estatus de plena pertenencia de los individuos a una sociedad y se da a quienes son miembros a pleno de una determinada comunidad, porque disfrutan de los derechos en tres ámbitos:
* los derechos civiles, como la libertad individual.
* los derechos políticos, los cuales básicamente consisten en el derecho a participar como miembro de un cuerpo o como elector
* los derechos sociales, haciendo estos últimos referencia a un bienestar económico y la seguridad, el derecho a ser parte del conjunto de la herencia social.
La crítica fundamental que se le hace es confundir derechos que tienen estructuras distintas. Los derechos sociales no pueden estar en el mismo plano que los civiles y los políticos. Estos últimos crean al Estado obligaciones de respeto (serian como las reglas de juego). Los derechos sociales en cambio, obligan al Estado a proporcionar prestaciones específicas, que para ser satisfechas requieren el cumplimiento previo de complejas condiciones económicas administrativas y profesionales (serian el resultado de esas reglas de juego en la interacción con el mercado), por lo que tienen una carácter más aleatorio. No son participación, son condiciones que la hacen posible. Los mismos tienen la característica de definirse en términos de prestaciones mínimas o medias, y son particulares.
Por ultimo creo importante distinguir entre derecho social y servicio social. El primero es la demanda de atención pública garantizada por la posibilidad de recurrir a juicio para lograr satisfacción. El segundo, en cambio, es la provisión de asistencia ofrecida por el sistema político en virtud de la exigencia de integración social, de legitimización, de política, etc. Todo esto, permite entonces, diferenciar los derechos sociales del ciudadano y las prácticas sociales.
En la actualidad se está produciendo una reconcepción de la idea de ciudadanía que implicaría una estrategia política, destinada a contener las nuevas prácticas no comprendidas por el ordenamiento jurídico para ubicarlas en el régimen democrático con los criterios de legitimidad. Se estaría intentando lograr una compatibilidad entre la pertenencia comunitaria con la pluralidad de identidades colectivas, y así diferenciar pertenencia de participación. La primera consiste en una categoría que refiere a la identidad social y cultural; mientras que la segunda es una actitud socio política.
Ser ciudadano, como dice García Canclini, no es solo tiene que ver con los derechos reconocidos por los aparatos estatales, sino también, con las prácticas sociales y culturales que dan sentido de pertenencia y hacen sentir diferentes a quienes poseen una misma lengua, semejantes formas de organizarse y satisfacer sus necesidades.
Paula Reimondez- Fecha de inscripción : 31/08/2012
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